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Perfil de ingreso

Las condiciones de acceso al Máster Universitario en Ingeniería Industrial por la Universidad Ramon Llull contemplan lo establecido en la Orden CIN/311/2009, del 9 de febrero. En el apartado 4.2 del anexo de la orden se establecen estas condiciones:

  • Podrá acceder al Máster que habilita para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Industrial, quien haya adquirido previamente las competencias que se recogen en el apartado 3 de la Orden Ministerial por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial y su formación estar de acuerdo con la que se establece en el apartado  5 de la antes citada Orden Ministerial.
  • Asimismo, se permitirá el acceso al máster cuando, el título de grado del interesado, acredite haber cursado el módulo de formación básica y el módulo común a la rama industrial, aun no cubriendo un bloque completo del módulo de tecnología específica y sí 48 créditos de los ofertados en el conjunto de los bloques de dicho módulo de un título de grado que habilite para el ejercicio de Ingeniero Técnico Industrial, de acuerdo con la referida Orden Ministerial.
  • Igualmente, podrán acceder a este Máster quienes estén en posesión de cualquier otro título de grado sin perjuicio de que en este caso se establezcan los complementos de formación previa que se estimen necesarios.

Los apartados anteriores se entenderán, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 17.2 y en la disposición adicional cuarta del real decreto 1393/2007, del 29 de octubre.
 

Además, se tendrá en cuenta lo acordado por las Conferencias de Directores de Ingeniería Técnica Industrial e Ingeniería Industrial. En el apartado 2 del documento de dicho acuerdo, enviado a ANECA, se dice que el programa de Ingeniería Industrial (Estudios de grado y máster) ha de incluir:

  • Al menos 180 ECTS comunes entre grado y máster de materias obligatorias de formación básica, obligatorias comunes a la rama industrial y de tecnologías específicas definidas en la O.M. CIN/351/2009. Las materias de tecnologías específicas pertenecerán, al menos, a tres bloques distintos de tecnologías específicas definidas en la mencionada O.M., con un mínimo de 6 créditos por cada bloque.
  • Al menos 24 ECTS, entre grado y máster, deben corresponder a materias obligatorias que garanticen las competencias específicas de matemáticas (incluyendo estadística), y al menos 12 ECTS deben corresponder a materias obligatorias que garanticen las competencias específicas de física. Las mencionadas competencias se refieren a las incluidas dentro del módulo de formación básica de la O.M. CIN/351/2009.
  • Al menos 24 ECTS de intensificación entre grado y máster.
  • Un mínimo de 24 ECTS sumando el Trabajo Fin de Grado y el Trabajo Fin de Máster.

Vía de acceso

El camino natural de acceso al Máster Universitario en Ingeniería Industrial por la Universidad Ramon Llull es desde el Grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales. También podrán acceder los que hayan cursado estudios de Grado en Ingeniería Técnica Industrial que cumplan con la O.M. CIN/351/2009 y los acuerdos de las Conferencias de Directores de Ingeniería Técnica Industrial e Ingeniería Industrial.  Igualmente, podrán acceder a este Máster quienes estén en posesión de cualquier otro título de grado sin perjuicio de que en este caso se establezcan los complementos de formación previa que se estimen necesarios.

En el caso de estudiantes que no hayan estudiado en España y lo hayan hecho en un país de la UE o de otros estados con los que España haya subscrito acuerdos internacionales en régimen de reciprocidad, los candidatos para acceder a la universidad española tendrán que cumplir los requisitos académicos exigidos en sus respectivos sistemas educativos para acceder a sus universidades.

Los candidatos procedentes de sistemas educativos extranjeros que no se puedan acoger a la opción anterior tendrán que homologar su titulación de origen al título español de Bachillerato y superar las pruebas de acceso a la universidad (PAU).

Normativa de traslados

El acceso de alumnos nacionales o extranjeros procedentes de Grados del EEES, Diplomaturas o Licenciaturas afines, será resuelto por la Comisión Permanente de la Junta Académica, que estudiará cada caso y establecerá el reconocimiento de créditos oportuno.
 
Para estudiantes de otros países miembros de la Unión Europea o de los Estados con los que España tenga acuerdos internacionales es necesario estar en posesión de un título que en el país de origen permita acceder a los estudios equivalentes de grado. Para estudiantes procedentes del resto de países, es necesario haber superado la prueba específica de la universidad.

Normas de permanencia

El estudiante debe aprobar íntegramente todos los créditos planificados para poder obtener el título del Máster.

Un curso académico contempla dos convocatorias ordinarias; febrero y septiembre -para las asignaturas del primer semestre- y junio y septiembre para las asignaturas del segundo semestre o anuales.
 
Si el alumno no aprueba una asignatura en las convocatorias ordinarias, dispone de 2 convocatorias extraordinarias. Una vez agotadas las 2 convocatorias extraordinarias, el alumno puede solicitar a la Comisión Permanente de la Junta Académica que se estudie su caso, acompañando a su solicitud una exposición de motivos. La CPJA podrá complementar esta información consultando al coordinador del Máster. En el caso de no superar la asignatura posteriormente a la concesión de la convocatoria adicional, el estudiante debería abandonar el programa del Máster.

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